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Informacion sobre normativa aplicable a las habilitaciones de bomberos
DECRETO N° 372/023
El Decreto N° 372/023, promulgado el 22 de noviembre de 2023, reglamenta la Ley N° 15.896 y establece las normas que regulan las habilitaciones otorgadas por la Dirección Nacional de Bomberos (DNB). Sustituye los anteriores Decretos N° 260/013, 150/016 y 184/018, con el propósito de modernizar, unificar y simplificar el sistema de gestión en materia de prevención y protección contra incendios.
El nuevo decreto busca agilizar los trámites ante Bomberos mediante un modelo de gestión digital, basado en Declaraciones Juradas que deben ser presentadas por técnicos registrados. De esta forma, se garantiza que las construcciones —excepto las viviendas unifamiliares— cuenten con las medidas de protección necesarias, ajustadas a la normativa vigente.




El alcance del decreto abarca todas las construcciones nuevas o existentes y las áreas de riesgo, salvo las viviendas de un único núcleo familiar. Define conceptos técnicos claves, como “área de cálculo”, “altura de clasificación”, “separación de riesgo” y “medidas de protección contra incendios”. Además, introduce instructivos técnicos que detallan los requisitos y procedimientos aplicables a cada tipo de obra o instalación.
El sistema de habilitaciones se estructura en distintas etapas y modalidades: Proyecto Técnico (PT), Proyecto Técnico-Certificación (PTC), Plan Gradual (PG) y Proyectos Especiales (PE). Cada tipo depende del tamaño, altura y destino del edificio, e implica fases de presentación, evaluación, certificación y renovación. La vigencia de las autorizaciones será de hasta cuatro años, renovable bajo ciertas condiciones, siempre que no existan cambios en el riesgo o el uso del local.
La DNB mantiene un registro público de técnicos y empresas autorizadas para elaborar proyectos, instalar y mantener los sistemas contra incendios. Los técnicos habilitados deben poseer títulos profesionales o técnicos reconocidos, aprobar cursos específicos dictados por Bomberos y actuar bajo su responsabilidad. Las empresas registradas también deben cumplir requisitos administrativos y técnicos, renovando su inscripción cada cinco años.
El decreto detalla las responsabilidades de todos los actores: los técnicos deben elaborar y verificar los proyectos; los propietarios, mantener las medidas en correcto funcionamiento; y las empresas, asegurar la correcta instalación y mantenimiento de los equipos. Además, los planes de evacuación podrán ser realizados por la DNB o por técnicos registrados, y deberán validarse mediante simulacros.


Se incorpora un régimen sancionatorio para infracciones leves, moderadas, graves y muy graves, aplicable a propietarios, técnicos o empresas. Las sanciones pueden incluir multas económicas, suspensión del registro, revocación de habilitaciones o incluso inhabilitación para operar.
También se establece la obligación de que todos los equipos, materiales y dispositivos destinados a la protección contra incendios —como extintores o sistemas hidráulicos— cuenten con aprobación y homologación de la DNB antes de su comercialización o importación.
Finalmente, el decreto prevé la creación de Comités Técnicos Consultivos y de Seguimiento, integrados por representantes del Ministerio del Interior, Bomberos, asociaciones profesionales y gobiernos departamentales. Estos comités asesoran sobre la aplicación de la normativa y la actualización de los instructivos técnicos, asegurando su adecuación a los avances tecnológicos y a las nuevas realidades constructivas.
En síntesis, el Decreto 372/023 representa una actualización integral del sistema de habilitaciones de Bomberos, buscando mayor eficiencia, claridad y control, con énfasis en la prevención, la responsabilidad profesional y la seguridad pública.